Normas de navegación y fondeo en Maro-Cerro Gordo y Punta de la Mona
Resumen de la normativa oficial para navegar en barco de recreo desde Marina del Este: zonas de fondeo, velocidades, distancias y prohibiciones, con mapa interactivo y guía en PDF.
Mapa de zonas protegidas y de fondeo
Paraje Natural Maro-Cerro GordoZEC Punta de la MonaZonas de fondeo libreMarina del Este
Fondea solo en las zonas de fondeo libre. Hay tres en Maro-Cerro Gordo (Cantarriján, El Cañuelo y El Pino) y dos en Punta de la Mona (este y oeste). En Maro-Cerro Gordo, solo de día, del amanecer a la puesta de sol.
Máximo 6 nudos en Punta de la Mona. Es el límite para embarcaciones a motor en toda la ZEC, que empieza a la misma salida del puerto de Marina del Este.
Lejos de playas y acantilados. En Maro-Cerro Gordo no pueden entrar barcos a motor a menos de 200 metros de las playas ni a menos de 50 metros del resto de la costa. Tampoco se puede llegar con el barco a playas, calas o acantilados.
Nunca sobre posidonia. Está prohibido fondear sobre praderas de posidonia o cymodocea en todo el Mediterráneo español. Busca fondo de arena y vigila que la cadena no las toque al bornear.
Sin pesca. En Maro-Cerro Gordo está prohibida la pesca recreativa en cualquier modalidad. En Punta de la Mona, la pesca desde embarcación y la submarina.
Las boyas no son para ti. Las boyas de la Junta son solo para barcos de apoyo al buceo autorizado. No te amarres a ellas.
Ni motos de agua ni vertidos. Las motos náuticas están prohibidas en los dos espacios protegidos, igual que cualquier vertido desde el barco.
Paraje Natural Acantilados de Maro-Cerro Gordo
Doce kilómetros de acantilados entre La Herradura y Nerja, protegidos como Paraje Natural, Zona Especial de Conservación (ES6170002), ZEPA y ZEPIM. La parte marina llega hasta una milla de la costa. Sus normas son de aplicación directa.
Se navega libremente a partir de 200 metros de las playas y 50 metros del resto de la costa. Dentro de esa franja están prohibidas la navegación de recreo, las embarcaciones a motor, las motos náuticas y los artefactos de arrastre.
Prohibido acceder desde el mar a playas, calas y acantilados con embarcaciones a motor.
Solo se puede fondear o quedarse a la deriva dentro de las tres zonas de fondeo libre, y únicamente del orto al ocaso (de día).
Prohibida la pesca recreativa en cualquier modalidad (desde tierra, desde embarcación y submarina) y el marisqueo.
Prohibido el uso de motos náuticas y amarrarse a las boyas si el barco no da apoyo a buceo autorizado.
Necesitan autorización el buceo con botella, la observación de cetáceos desde embarcación y las pruebas deportivas.
Zona de fondeo libre
Centro (lat, lon)
Superficie
CantarrijánFrente a la playa de Cantarriján, el extremo más cercano a La Herradura
ZEC Acantilados y Fondos Marinos de la Punta de la Mona
El espacio protegido que rodea Punta de la Mona, entre la bahía de La Herradura y Almuñécar (ES6140016). Empieza a la salida del puerto de Marina del Este, así que lo cruzas en cada salida.
Velocidad máxima de 6 nudos para embarcaciones a motor dentro de la ZEC.
Prohibido fondear fuera de las dos zonas de fondeo libre.
Prohibido acceder a acantilados y roquedos desde el mar y el uso de motos náuticas.
Prohibida la pesca recreativa desde embarcación y la submarina.
Los kayaks y artefactos similares necesitan autorización si van en grupos de más de 5.
Prohibido cualquier vertido desde las embarcaciones.
Zona de fondeo libre
Centro (lat, lon)
Superficie
Punta de la Mona esteFrente a la playa de Los Berengueles y Punta del Vapor
Posidonia. Desde el 2 de abril de 2026 está prohibido fondear sobre praderas de posidonia o cymodocea, y en la arena cercana si la cadena o el borneo pueden afectarlas. (Real Decreto 191/2026 (BOE nº 64, 13/03/2026))
Zona de baño. Donde no hay balizamiento, la zona de baño son 200 metros desde las playas y 50 metros en el resto de la costa, con un máximo de 3 nudos. (Reglamento General de Costas, artículo 73)
Delegación de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Granada: 958 14 52 00
Atención ciudadana de la Consejería de Sostenibilidad: 954 544 438
Preguntas frecuentes
¿Dónde se puede fondear en Maro-Cerro Gordo?
Solo en las tres zonas de fondeo libre: Cantarriján, El Cañuelo y El Pino, y únicamente de día. Se fondea con el ancla del barco sobre arena, nunca sobre posidonia. No hay que reservar ni pagar.
¿Se puede ver la cascada de Maro desde el barco?
Sí, desde el mar y respetando la distancia mínima a la costa: 50 metros en zona de acantilado y 200 metros frente a las playas. Con un barco a motor no se puede acercar a la orilla ni desembarcar.
¿A qué velocidad se navega al salir de Marina del Este?
A un máximo de 3 nudos dentro del puerto y en los canales balizados, y a un máximo de 6 nudos en toda la ZEC de Punta de la Mona, que empieza a la salida del puerto.
¿Se puede pescar desde el barco?
No. En Maro-Cerro Gordo está prohibida la pesca recreativa en cualquier modalidad y en Punta de la Mona la pesca desde embarcación.
¿Puedo amarrarme a una boya?
No. Las boyas que ha instalado la Junta son solo para barcos de apoyo a inmersiones de buceo autorizadas.
Resumen informativo elaborado a partir de la normativa publicada, revisado el 1 de octubre de 2026. En caso de duda prevalece el texto oficial del BOJA y del BOE. Las autoridades pueden cambiar las normas o publicar avisos de temporada.